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Ética: la involucración sexual de un terapeuta con su paciente10/04/2003- Por Juan Jorge Michel Fariña - Realizar Consulta
"...¿Puede un terapeuta que se acostó con su paciente seguir ejerciendo normalmente su profesión de psicólogo? ¿En caso que un colega tenga pruebas fehacientes de su conducta, debería denunciarlo ante los tribunales de ética? ¿Constituye el hecho un ilícito más allá de la voluntad de la paciente por denunciarlo?..."
A
propósito del estreno del film “El fondo del mar”, de Damián Szifron, en el
Festival Internacional de Cine de Mar del Plata
¿Puede
un terapeuta que se acostó con su paciente seguir ejerciendo normalmente su
profesión de psicólogo? ¿En caso que un colega tenga pruebas fehacientes de su
conducta, debería denunciarlo ante los tribunales de ética? Si la policía
interviene y obtiene una confesión completa de los hechos por parte del propio
terapeuta, ¿corresponde su procesamiento en el fuero civil y/o penal?
¿Constituye el hecho un ilícito más allá de la voluntad de la paciente por
denunciarlo?
Estas
son algunas cuestiones que abre, sorprendentemente, la ópera prima de Damián
Szifron, cuyo estreno mundial se pudo ver el martes 11 de marzo de 2003. Es
interesante que el film se presentó en competencia con la portentosa película
danesa Facing the truth, que indaga
justamente las consecuencias éticas del accionar médico y los riesgos de la
impunidad cuando se han verificado serios daños en los pacientes.
En una
investigación comparada entre terapeutas argentinos e israelíes llevada a cabo
entre la Universidad de Buenos Aires y la Tel Aviv University, se confrontó a
los profesionales con la siguiente situación:
Una
paciente de 25 años es derivada a una terapeuta luego de haber realizado una
larga terapia con otro profesional de reconocida trayectoria. Un año después
de iniciado el tratamiento, la paciente
relata haber tenido relaciones sexuales con su terapeuta anterior. Le solicita
a su actual terapeuta que no informe este hecho porque no quiere exponerse y
verse envuelta en un proceso judicial. ¿Qué debería hacer la terapeuta ante
esto y por qué?
Mientras
que la mayor parte de los terapeutas israelíes entrevistados se mostraban
proclives a denunciar el hecho protegiendo la identidad de la paciente, de una
muestra de 85 terapeutas de Buenos Aires, sólo el 15 % consideraba tal
posibilidad. Controladas las variables de años de experiencia profesional,
orientación teórica, ámbito de la práctica, etc. se hace evidente que el factor
cultural y normativo resulta determinante de las respuestas en uno y otro
grupo.
La formación de los
terapeutas en Israel está fuertemente influenciada por las corrientes
anglosajonas, en las que existe una larga tradición que sanciona este tipo de
conductas por parte de los terapeutas. El código de ética de la American
Psychological Association, por ejemplo, establece la explícita prohibición de
intimidad sexual no sólo con pacientes en tratamiento sino también con ex
pacientes. Y lo interesante es que los argumentos no se limitan a defender los
derechos del paciente abusado, sino que alcanzan al conjunto del cuerpo social:
“…tal intimidad socava la confianza pública
en la psicología como profesión, desalentando al público de los servicios necesarios…”
(Norma 4.01). Esta normativa, que ha sido criticada por corporativa, se apoya
sin embargo en cuestiones de salud pública: un terapeuta que se acuesta con su
paciente desprestigia a la profesión y hace que la gente no consulte a un
psicólogo cuando lo necesita, deteriorándose así el estado de salud mental de
la comunidad.
En
el caso del film argentino El fondo del
mar, el terapeuta –psicólogo de profesión– se acuesta con su paciente
aprovechando el estado de fragilidad psíquica en que ésta se encuentra. Su
accionar es calculado y toda su conducta está orientada a aprovechar el vínculo
transferencial que la paciente ha establecido con él. La trama argumental
incluye dos aditamentos extraordinarios: El primero es que por exigencias del
guión, la policía interviene en el hecho y dispone por lo tanto de una
confesión del propio terapeuta.
Pero
curiosamente, esto no parece inquietar a los agentes del orden, que ante la
sumisión y aceptación de la situación por parte de la paciente parecen no
atribuir carácter ilícito a la conducta del profesional. El segundo, un
encuentro posterior entre el terapeuta y el novio de la paciente, quién lo
había sorprendido in fraganti en su
propia casa. La escena resulta tragicómica, porque se habla con total
naturalidad de los hechos sucedidos, no apareciendo en el horizonte argumental
visos de una sanción alguna.
¿Será
éste otro síntoma de la impunidad, herencia de un autoritarismo que ha hecho
tristemente célebre a la Argentina en el mundo?
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